Reinicio de empresa unipersonal (Monotributo) en Uruguay: guía práctica 2025
- Consultas GRO Consultores
- 17 sept
- 3 Min. de lectura
Reiniciar una empresa unipersonal monotributista es el trámite mediante el cual comunicás a BPS y DGI que retomás tu actividad luego de haber estado clausurado (BPS–DGI) o inactivo (BPS). Hoy casi todo se gestiona en línea y, según tu situación (dentro o fuera del mes, inactivo de oficio, clausurado), cambian los requisitos y costos.
¿Cuándo corresponde “reiniciar”? reinicio
Dentro del mes en curso: si cesaste y volvés a operar en el mismo mes calendario. El trámite es íntegramente online y no exige adjuntar documentación adicional; debés tener domicilio electrónico constituido en BPS
Fuera del mes en curso: si retomás en un mes posterior (p. ej., cesaste en mayo y volvés en septiembre). En este caso se requiere Formulario 0351 (Inscripción y actualización) y, si sos múltiple empresario, también Formulario 205 (sueldos fictos BPS); hay timbre profesional y sanción por presentación fuera de plazo.
Inactivo de oficio (por 2 meses impagos): antes de reiniciar, debés regularizar adeudos (hay excepciones para períodos 3/2020–3/2023 en MSM). Se utiliza “Modificar datos registrales de contribuyente exclusivo BPS”.
Dónde y cómo se hace (paso a paso)
A. Si reiniciás dentro del mes
Entrá al portal de BPS → “Inscribir o reiniciar empresa”.
Autenticate (usuario BPS o identidad digital) y completá la solicitud.
BPS procesa y, si es trámite conjunto, remite a DGI automáticamente.El timbre profesional se carga a tu cuenta de empresa (lo verás en la siguiente factura)
B. Si reiniciás fuera del mes
Ingresá al servicio “Registro de contribuyentes comunes BPS–DGI → Reiniciar empresa BPS–DGI”.
Adjuntá Formulario 0351 y, si corresponde, Formulario 205.
Si cambiaste domicilio fiscal, presentá factura UTE/OSE/ANTEL ≤60 días o constancia digital de domicilio (AGESIC); alternativamente, certificación notarial con los datos exigidos.
Se generan timbre profesional y sanción por fuera de plazo.
C. Si estás “inactivo de oficio” (Monotributo o MSM)
Trámite “Reiniciar monotributo… inactivo de oficio”.
Presentá REC. 211 (indica inicio/reinicio) y pagá los adeudos; recordá la excepción MSM 3/2020–3/2023.
Timbre profesional y sanción corresponden cuando aplica.
Documentación y costos clave
Formularios base: 0351 (si reiniciás fuera de mes) y 205 (si sos múltiple empresario).
Domicilio fiscal: factura de servicios reciente, declaración digital de domicilio (AGESIC) o certificación notarial con requisitos específicos.
Domicilio electrónico (DOMEL): obligatorio para titulares/representantes sin restricción.
Timbre profesional CJPPU: en línea con BPS se imputa en la factura; a título informativo, el portal oficial indica $ 260 del 1/7/2025 al 31/12/2025; verificación siempre recomendada porque puede actualizarse.
Sanciones: si tramitás fuera del mes, BPS liquida sanción por presentación fuera de plazo.
Recordatorio de encuadre (Monotributo)
Al reiniciar, confirmá que seguís cumpliendo todas las condiciones del régimen:
Topes de ingresos (anuales): para unipersonales, 183.000 UI; para sociedades de hecho, 305.000 UI (según publicación DGI)
Dependientes: sin dependientes o hasta 1 (con excepciones zafrales); aplica también a ciertas asociaciones familiares.
Documento de ventas: debés emitir documentación con leyenda “Monotributo”; el pago del impuesto se canaliza por BPS (no presentás DJ ante DGI por Monotributo).
Plazos y efectos
Podés adelantar el reinicio hasta 10 días antes de retomar actividad o hacerlo en el mes en curso; fuera de mes genera sanción. Conservá la Constancia (F. 6361) como respaldo.
Una vez aprobada la gestión, reactivás obligaciones de seguridad social y documentación de operaciones; si vas a facturar de inmediato, corroborá que el alta esté impactada en los padrones (BPS/DGI).
Errores frecuentes (y cómo evitarlos)
Reiniciar fuera de mes sin 0351/205 cuando corresponde → verificá tu caso y adjuntá lo exigido.
Olvidar DOMEL → sin domicilio electrónico, BPS puede observar el trámite.
No regularizar deudas si estás inactivo de oficio → primero REC.211 y pago de adeudos (ver excepción MSM COVID).
Cambio de domicilio fiscal sin respaldo válido → usá factura reciente, constancia digital AGESIC o notarial.

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