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BPS - Bonificación de buenos pagadores

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    Consultas GRO Consultores
  • hace 3 horas
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Bonificación de buen pagador 2025

Mediante Decreto 311/025 de 26/12/2025 el Poder Ejecutivo utilizó la facultad conferida, otorgando a las micro y pequeñas empresas una bonificación del 10% sobre las obligaciones jubilatorias patronales correspondientes al mes de cargo Diciembre 2025, siempre que sean consideradas buenas pagadoras.


Condición de buen pagador

Para ser considerado buen pagador, el contribuyente debe haber cumplido, dentro de los plazos legales y reglamentarios, con 12 pagos regulares correspondientes a los meses de cargo comprendidos entre Mayo de 2024 a Abril de 2025.

Instrumentación

La bonificación se realiza en forma automática, aplicándose en oportunidad del pago de los aportes del mes de cargo diciembre 2025, que se hace efectivo en enero 2026. El descuento aplica sobre el total de los aportes patronales jubilatorios y se visualiza en el código 96 de la factura. El Comunicado BPS 1/2026 establece los aspectos operativos y las pautas para determinar el acceso a la bonificación en casos especiales.

Exclusión para empresas con exoneraciones

Se debe tener presente que no están comprendidas en esta bonificación las empresas que gozan de exoneración de aportes patronales jubilatorios (tales como la enseñanza privada). Asimismo, para las empresas con exoneración parcial, la bonificación se aplica sobre la porción no exonerada de los aportes patronales jubilatorios.



Marco normativo - Beneficio de buen pagador BPS

De acuerdo a la Ley 19.699 de 15/11/18 el Poder Ejecutivo puede otorgar una bonificación de hasta el 15% sobre las obligaciones jubilatorias patronales correspondientes al mes de Diciembre de las micro y pequeñas empresas.

El Decreto 153/019 de 03/06/19 estableció que a los efectos del beneficio de buen pagador, se considerará el promedio mensual de personal ocupado durante el período comprendido entre el 1° de mayo al 30 de abril del año correspondiente, definiendo como micro y pequeñas empresas:

  • Microempresa: son las que ocupan no más de cuatro personas, incluidos sus titulares.


  • Pequeñas empresas: son las que ocupan no más de 19 (diecinueve) personas, incluidos sus titulares

bps

 
 
 

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