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BPS – Nuevos plazos para acreditar fe de vida para uruguayos residentes en el exterior

  • Foto del escritor: Consultas GRO Consultores
    Consultas GRO Consultores
  • 2 jul
  • 1 Min. de lectura

El Banco de Previsión Social (BPS) informó que a partir del 1º de julio de 2025, se modifican los plazos de vigencia para la acreditación de fe de vida de uruguayos que residen en el exterior y perciben pasividades del organismo.

Para quienes hayan realizado el trámite antes del 1º de julio, la acreditación conservará validez hasta su vencimiento.

Las nuevas vigencias aplican a los registros efectuados a partir de dicha fecha y varían según la modalidad utilizada:


  • Reconocimiento facial (biometría): se amplía la vigencia de 30 a 90 días.

    Utilizando un dispositivo con cámara, sin concurrir a un consulado, accediendo al servicio en línea `Registrar mi fe de vida´. Esta opción está disponible para usuarios que ya tienen un registro de fe de vida previo; no está disponible para quienes la solicitan por primera vez. Deben contar además con cédula de identidad uruguaya, documento de identidad argentino o español.

  • Documentación física: se reduce la vigencia de 90 a 60 días.

    Mediante certificado emitido por autoridades oficiales locales (seccionales policiales, municipios, juzgados, etc.) enviada por correo postal. 

  • Presencial: se mantiene la vigencia en 90 días.

    El titular deberá concurrir con cédula de identidad uruguaya o, en su defecto, documento del país de residencia, al consulado uruguayo más próximo a su domicilio.


Vencido el plazo de vigencia del registro efectuado, deberá renovarse por un nuevo período, en caso contrario, se retendrán los pagos hasta recibir la nueva fe de vida.


fe de vida

 
 
 

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