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IRPF-IRNR - Entidades que atribuyen rentas - DJ

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IRPF - IRNR

ENTIDADES QUE ATRIBUYEN RENTAS 

De acuerdo al artículo 10º del Título 7 (IRPF) y artículo 12º del Título 8 (IRNR) del T.O.2023, las rentas correspondientes a las sucesiones, a los condominios, a las sociedades civiles y a las demás entidades con o sin personería jurídica, se atribuirán a los sucesores, condóminos o socios respectivamente.

> Las entidades (condominios, sociedades civiles y demás entidades con o sin personería jurídica que verifiquen lo establecido en dicha normativa) deberán presentar el Formulario 1104, en la aplicación Sigma 2.0 atribuyendo las rentas obtenidas a sus socios o condóminos.

> También comprende a las sucesiones que al 31 de diciembre no cuenten con declaratoria de herederos, con excepción de aquellas que únicamente hayan obtenido rentas de categoría I y las mismas hayan sido objeto de retención en su totalidad, debiendo presentar declaración jurada en Formulario 1105.

 

DECLARACIÓN JURADA – AÑO 2025

(Formulario 1104 y 1105)

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Presentación por Internet o en medios magnéticos en los locales de las redes de cobranza habilitadas o dependencias de la DGI.


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