IVA - Percepción Fuegos Artificiales
- Consultas GRO Consultores
- 17 dic 2025
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FABRICANTES E IMPORTADORES
Recordamos que la Resolución 4080/013 de 3 de diciembre de 2013 designó como agentes de percepción del Impuesto al Valor Agregado a los fabricantes e importadores de fuegos artificiales por las enajenaciones que realicen de los referidos bienes.
Monto de la percepción
Se determina aplicando el 60% al IVA incluido en la operación.
Documentación - Resguardo
La documentación de ventas tendrá la calidad de resguardo en tanto consten en la misma las percepciones efectuadas, la identificación del percibido y el monto imponible.
Información a la DGI
La percepción de IVA realizada por los fabricantes e importadores se declara en el Formulario 2183 incluido en la aplicación Beta.















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