MGAP - Nuevos requisitos para establecimientos que exportan carne bovina a la Unión Europea
- Consultas GRO Consultores
- 31 jul
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Mediante Resolución DGSG Nº 182/2025 se establecieron nuevos requisitos para todos los establecimientos habilitados por el MGAP que exportan carne bovina, productos cárnicos y subproductos a la Unión Europea.
Procedimientos de segregación de productos
Los referidos establecimientos deberán documentar y aplicar procedimientos de segregación que permitan identificar, separar y mantener aislados los productos asociados a procesos de deforestación de aquellos destinados a la Unión Europea, conforme a la información ambiental provista por el Sistema de Valor Agregado Ambiental a la Producción Agropecuaria (SVAAPAG) del MGAP.
Dichos procedimientos deberán incluir todas las mercaderías alcanzadas por la normativa europea, mantenerse actualizados y ser presentados al Servicio de Inspección Veterinaria Oficial (IVO) asignado al establecimiento.
Plazo
En cumplimiento del Reglamento (UE) 2023/1115 del Parlamento Europeo, todos los productos que sean exportados e ingresen a la Unión Europea a partir del 30 de diciembre de 2025 deberán cumplir obligatoriamente con los procedimientos de segregación establecidos en la Resolución.
Cada establecimiento habilitado deberá definir la fecha de implementación del sistema de segregación de acuerdo a su planificación de producción, y comunicarla al Servicio de Inspección Veterinaria Oficial (IVO).
Sanciones
El incumplimiento de los nuevos requisitos establecidos será pasible de las sanciones previstas en el Art. 131 de Ley 18.996 de 07/11/2012 y en el Dec. 369/983 de 07/10/1983





















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