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TOCAF - Principales modificaciones introducidas por la Ley de Presupuesto Nº 20.446

  • 16 mar
  • 3 Min. de lectura

La Agencia Reguladora de Compras Estatales (ARCE) publicó un cuadro comparativo, que recopila las modificaciones introducidas por Ley de Presupuesto Nacional para el periodo 2025-2029 (Ley N° 20.446 de 9/12/2025) en el Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera del Estado ( TOCAF )

Se introducen ajustes en materia de procedimientos de contratación, topes, planificación, digitalización y gobernanza del sistema de compras públicas.

A continuación, se resumen los principales cambios.


1. Obligación de consulta y utilización de Convenios Marco y Sistemas Dinámicos

Se modifica el artículo 33 del TOCAF, estableciendo que, previo a iniciar un procedimiento competitivo, las Administraciones Públicas Estatales deberán:

  • Consultar convenios marco y sistemas dinámicos vigentes.

  • Verificar la existencia de nóminas de proveedores habilitados.

Si el objeto está incluido en estos instrumentos, su utilización pasa a ser obligatoria (con excepciones fundadas). Se refuerza así el principio de agregación de demanda y centralización eficiente de compras.


2. Incremento de montos para compra directa

Se actualiza el literal C) del artículo 33 del TOCAF:

  • Administración central: hasta $ 630.000.

  • Gobiernos Departamentales: hasta $ 987.000 (a precios enero 2025).

Este ajuste amplía el margen operativo para contrataciones de menor cuantía.


3. Ampliación y ajustes en causales de contratación directa

Entre las principales modificaciones:

  • Se amplía el numeral 1) del literal D) permitiendo contrataciones con personas jurídicas privadas cuyo capital sea íntegramente estatal.

  • Se incorporan nuevos numerales (por ejemplo, adquisiciones para el Laboratorio Único Nacional de Inmunogenética e Histocompatibilidad e INISA).

  • Se establece un régimen excepcional para ANCAP ante eventos de alto impacto ambiental o de seguridad, eliminando la certificación previa del MEF, con control posterior.


4. Plan Anual de Contratación – Nuevas reglas

Se introducen ajustes relevantes:

  • La inclusión en el plan anual pasa a ser requisito preceptivo para todo procedimiento competitivo.

  • Se flexibilizan los plazos para modificaciones del plan (30 días corridos previos a la publicación).

  • Se exceptúan de inclusión:

    • Convenios Marco.

    • Sistemas Dinámicos.

    • Contrataciones por eventos contingentes.

  • Se mantiene la posibilidad de reserva de información para Entes en régimen de competencia.


5. Digitalización y fortalecimiento del rol de ARCE

Se consolidan cambios orientados a la transformación digital:

  • Notificaciones válidas vía correo electrónico registrado en RUPE o sistemas electrónicos de ARCE.

  • Integración obligatoria con catálogo único y plataformas electrónicas.

  • Acceso a bienes y servicios mediante Tienda Virtual.

  • Se elimina el régimen de “precio máximo de adquisición” (derogación art. 318 Ley 19.889).


6. Pliegos únicos y pliegos estándar

Se reformulan los artículos 47 y 48 del TOCAF:

  • Se prevé la formulación de reglamentos o pliegos únicos de bases y condiciones generales.

  • Se fortalece el repositorio electrónico de pliegos estándar.

  • Se prohíbe exigir documentación disponible en registros estatales (principio de simplificación administrativa).

  • Se reserva al adjudicatario la carga de acreditar condiciones formales de contratación.


7. Régimen ampliado para Entes Autónomos y Servicios Descentralizados

Se ajusta el artículo 44 del TOCAF:

  • Se mantienen topes ampliados.

  • Se agregan exigencias de:

    • Ofertas electrónicas.

    • Integración plena con sistemas ARCE.

    • Uso obligatorio del catálogo único.

  • Se prevé la posibilidad de autorización y revocación del régimen.


8. Gobernanza de ARCE

Se modifica la integración del Consejo Ejecutivo de ARCE, incorporando al Ministerio de Industria, Energía y Minería y excluyendo a la Agencia de Monitoreo y Evaluación de Políticas Públicas.


9. Perspectiva de género en contrataciones

Se dispone que el Poder Ejecutivo reglamente la incorporación de perspectiva de igualdad y no discriminación por género en las contrataciones públicas.



                                                                  



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