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BPS - Devolución excedentes FONASA

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    Consultas GRO Consultores
  • hace 3 horas
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A partir del próximo 8 de septiembre el BPS habilitará el servicio de consultas por devolución de FONASA, las mismas podrán realizarse mediante las siguientes vías:

- Quienes cuenten con Usuario personal BPS acceden al monto y cálculo de su devolución a través de la Consulta detalle Devolución Fonasa y recibirán en su correo electrónico, anticipadamente, el recibo con el detalle de su devolución. 

- Quienes no cuenten con Usuario personal BPS, podrán consultar si les corresponde o no devolución a través de:

  • 0800 2016

  • WhatsApp 092 366 272 (092 Fonasa)

  • Vía web: Consulta de devolución Fonasa - ¿Estoy comprendido?


Podrían tener devolución los trabajadores con ingresos mensuales promedio superiores a $113.167, y los jubilados o pensionistas con ingresos mensuales promedio superiores a $122.598.

El cálculo de la Devolución Fonasa para cada contribuyente surge de comparar los aportes personales Fonasa realizados en el año (de enero a diciembre de 2024) con el valor de su tope anual Fonasa. 

Podrán cobrar a través de una cuenta bancaria, instrumento de dinero electrónico (MiDinero, ANDA, Prex y OCA Blue) o presentándose con su documento de identidad en Abitab, RedPagos, ANDA, supermercados El Dorado o en tesorería de BPS (Colonia 1851 planta baja).

El 22 de septiembre cobrarán, además, quienes hayan optado en años anteriores por un depósito en cuenta bancaria o un instrumento de dinero electrónico, o quienes elijan alguna de estas opciones hasta el 17 de setiembre. Quienes tomen esta decisión posteriormente, recibirán el depósito a partir de las 72 h hábiles de efectuada la opción

Quienes cobren en los locales de pago descentralizado o en el Edificio Sede del BPS en Montevideo lo harán el 22 de setiembre.

En caso de fallecimiento del beneficiario, sus herederos podrán solicitar la liquidación a través de haberes sucesorios.

Gestión de cobro por cuenta bancaria o instrumento de dinero electrónico

Para gestionar el cobro mediante cuenta bancaria o instrumento de dinero electrónico la persona interesada deberá dirigirse a la entidad bancaria o locales habilitados, no al BPS. Quienes ya hayan realizado esta gestión en años anteriores, y este año también tengan devolución, no tienen que volver a realizarlo.


fonasa

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