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DGI - Cesión de créditos de productores agropecuarios

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    Consultas GRO Consultores
  • hace 4 horas
  • 1 Min. de lectura

Mediante Decreto 191/025 de 19/09/25 se facultó nuevamente a la DGI a autorizar la cesión de certificados de crédito que hayan sido emitidos a favor de productores agropecuarios para la cancelación de obligaciones propias ante DGI.


Créditos comprendidos

Se encuentran comprendidos en esta disposición aquellos créditos que se hayan generado hasta el 30 de junio de 2025 inclusive. 


Exigibilidad

La fecha de exigibilidad de los certificados de créditos que surjan por la cesión será el primer día del mes siguiente a aquel en que se generó el crédito.


Beneficiarios

La cesión se puede realizar exclusivamente a favor de las siguientes entidades:

  • Bancos

  • Entes autónomos y servicios descentralizados

  • Empresas aseguradoras


Tope y plazo

La cesión que se autoriza no podrá superar el limite de $2:500.000 (dos millones quinientos mil pesos uruguayos) por contribuyente y podrá realizarse hasta el 28 de febrero de 2026.


créditos

 
 
 

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