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Grupo 16 - Servicios de Enseñanza - Convenios Colectivos de la Undécima Ronda

  • Foto del escritor: Consultas GRO Consultores
    Consultas GRO Consultores
  • 23 dic
  • 2 Min. de lectura

Se publicaron los Convenios Colectivos correspondientes a la Undécima Ronda de negociación, con vigencia retroactiva a partir del 1° de agosto y 1º de julio de 2025, correspondientes al Grupo 16 (Servicios de Enseñanza), subgrupos 2 (Enseñanza Preescolar, Escolar, Secundaria y Superior) y 7 (Enseñanza no Formal) respectivamente. 


1 - Subgrupo 2: Enseñanza Preescolar, Escolar, Secundaria y Superior


1.1 - Vigencia Servicios de Enseñanza

El Convenio abarca el periodo comprendido entre el 1º de agosto de 2025 y el 31 de julio de 2027.


1.2 - Ajustes Salariales

Se aplicarán ajustes nominales diferenciales según franjas salariales, de acuerdo a su valor hora semanal mensual (HSM), entendiendo por salario nominal, el acordado sin los descuentos legales y sin otras partidas.

Las franjas nominales de los niveles 1, 2 y 3 se actualizarán a los 12 meses de vigencia, conforme a la variación del IPC correspondiente al período 1/8/2025 al 31/7/2026 y 1/8/2026 al 31/7/2027.

Se aplica un correctivo negativo de 2,43%, correspondiente a la décima ronda de negociación, que se descontará en dos cuotas:



  • Agosto 2025: 1,207%

  • Febrero 2026 1,207%




Ajuste salarial al 1º de agosto de 2025


Se establece, con vigencia a partir del 1.º de agosto de 2025, un incremento salarial conforme a los siguientes criterios:


  1. Los salarios nominales vigentes al 31 de julio de 2025 de hasta $811,45 por HSM (Nivel 1) tendrán un ajuste de 2,053%, compuesto por:


  • Nominal e inflación proyectada: 3,3% (1,7% crecimiento y 1,6% inflación proyectada)

  • Primera cuota del correctivo negativo de la décima ronda equivalente a 1,207%.

     

       2. Los salarios nominales vigentes al 31 de julio de 2025 desde $811,46 por HSM hasta 3.442,25 por

       HSM (Nivel 2) tendrán un ajuste de 1,263%, compuesto por:


  • Nominal e inflación proyectada: 2,5% (0,9% crecimiento y 1,6% inflación proyectada)

  • Primera cuota del correctivo negativo de la décima ronda equivalente a 1,207%.


      3. Los salarios nominales vigentes al 31 de julio de 2025 desde 3.442,26 por HSM (Nivel 3) tendrán un

      ajuste de 0,374%, compuesto por:


  • Nominal e inflación proyectada: 1,6%.

  • Primera cuota del correctivo negativo de la décima ronda equivalente a 1,207%.

Posteriormente se realizarán ajustes semestrales.



2- Subgrupo 7: Enseñanza no formal



2.1 - Vigencia

El Convenio abarca el periodo comprendido entre el  1º de julio de 2025 y el 30 de junio de 2027.

2.2 - Ajustes Salariales

Se establece, con vigencia a partir del 1° de julio de 2025 un incremento salarial sobre los salarios vigentes al 30 de junio de 2025 un ajuste de 4,85%.

Posteriormente se realizarán ajustes semestrales.


3 - Retroactividad

Para ambos subgrupos, se establece que la retroactividad se pagará en una única vez con el salario de diciembre y no más allá del 31 de enero de 2026.

Servicios de Enseñanza

 
 
 

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