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¿Qué es una empresa unipersonal?

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    Consultas GRO Consultores
  • hace 1 día
  • 4 Min. de lectura

La figura de Empresa Unipersonal en Uruguay corresponde a una persona natural (o jurídica) que destina sus activos a la realización de una o varias actividades de carácter mercantil, sin constituir una persona jurídica diferente.

  • No requiere un capital mínimo.

  • La persona titular responde personal e ilimitadamente por las obligaciones de la empresa.

  • Es una forma ágil, de menor envergadura, útil para emprendimientos, trabajadores independientes, pequeñas actividades.

Es importante saber esto porque la carga de responsabilidad es diferente a la de una sociedad tipo limitada. Por eso, conviene evaluar bien si esta figura es la apropiada o si conviene otra (por ejemplo una Sociedad por Acciones Simplificada — SAS).

Paso a paso para constituirla (2025) empresa unipersonal

Aquí una mirada estructurada por fases. Los trámites se realizan principalmente ante la Dirección General Impositiva (DGI) y la Banco de Previsión Social (BPS), además de otros organismos según la actividad.

1. Preparación previa

Antes de iniciar trámites formales, asegúrate de:

  • Tener tu documento de identidad vigente, ser mayor de 18 años.

  • Verificar el tipo de actividad que vas a desarrollar: Comercio, servicios, actividades rurales, profesionales, etc. Esto influye en tributos, régimen, formulario a usar.

  • Definir domicilio fiscal (lugar desde donde desarrollas o declaras la actividad) y fiscalizar que ese domicilio sea válido para efectos de facturación, inspecciones, etc.

  • Constituir un domicilio electrónico ante BPS (obligatorio para empresas unipersonales) para recibir notificaciones oficiales.

  • Evaluar el régimen impositivo que va a aplicar (monotributo, régimen general de IVA, etc.). Según artículo de prensa:

    “Una de las opciones más convenientes para micro y pequeños emprendimientos es el régimen monotributo… este régimen concentra en un único tributo los aportes a BPS y a DGI.”

  • Preparar si corresponde los medios de firma digital / identidad digital para hacer trámites en línea (usuario gub.uy verificado, etc.).

2. Inscripción/trámite formal

Una vez listo lo anterior:

  • Accede al trámite oficial de “Inscripción de empresa unipersonal” mediante BPS-DGI.

  • El formulario principal es el Formulario 0351 (Inscripción y actualización – Empresas y otras entidades unipersonales o pluripersonales).

  • Si vas por vía presencial, también puede exigirse el Formulario REC 205 (Declaración de sueldos fictos) para ciertas actividades (no para rural).

  • El trámite puede realizarse :

    • En línea: si eres persona física que no tenías inscripción previa u otros requisitos.

    • Presencial: en Montevideo en la sede del Registro de Contribuyentes y Empresas (Sarandí 570) y en el interior del país en BPS/DGI locales.

  • Plazo:

    • Si inicias actividades en el mes en curso, puedes inscribirla dentro de ese mes.

    • Si la actividad inicia al mes siguiente, puedes inscribir hasta 10 días antes a partir del día 25 del mes en curso.

  • Costos: Hay un timbre profesional que se debe abonar (valor varía). Por ejemplo, al 01 de julio 2024 al 31 diciembre 2024: timbre profesional $250 para trámite web.

  • En el caso de actividad rural, o agropecuaria, aplica un plazo especial: dentro de 72 h hábiles posteriores a la toma de posesión del padrón rural.

3. Confirmación y habilitación

  • Una vez completado el trámite, recibirás en tu correo electrónico la constancia de inscripción. Para modalidad presencial se entrega el formulario 6361 “Confirmación de datos”.

  • Con esto tendrás un número de RUT (Registro Único Tributario) para tu empresa unipersonal, lo cual te habilita para emitir facturas, operar, etc.

  • Si corresponde, deberás cumplir con otros requisitos según tu actividad (por ejemplo seguro de accidentes de trabajo, libros laborales, etc.).

4. Inicio de actividad y obligaciones operativas

  • Una vez habilitada, ya puedes operar: emitir facturas, contratar si corresponde, pagar aportes, etc.

  • Claves operativas:

    • Si estás en régimen de “monotributo” o régimen simplificado, conviene cumplir los requisitos para mantener ese régimen

    • Si estás en régimen general, tendrás que facturar electrónicamente (desde 2025 se han reforzado los requisitos). (Nota: esto lo hemos visto en comentarios de contribuyentes, aunque sería bueno verificar con vuestro contador)

    • Registrar contablemente las operaciones según exigencia de tributación, y cumplir con aportes a BPS, seguro de accidentes si tienes personal, etc.

    • Mantener actualizados los datos de domicilio fiscal, de la empresa, del titular, etc. Si cambian datos, hay que presentar actualización.

5. Consideraciones especiales y buenas prácticas

  • Responsabilidad ilimitada: Si la empresa contrae deudas, el titular responde con su patrimonio personal. Por eso conviene tener claridad del riesgo.

  • Evaluar la opción SAS: Si tu emprendimiento crece, o si quieres limitar responsabilidad o tener socios, considera cambiar a SAS. Existe un trámite de conversión: “Comunicación de conversión de empresa unipersonal a SAS”

  • Asesoramiento contable: Aunque el trámite de apertura es bastante simple, la parte contable-tributaria requiere atención. Recomendación: contar con un contador de confianza, que te guíe en la jurisdicción tributaria, facturación, aportes.

  • Mantener “bueno” el domicilio electrónico y estar al tanto de notificaciones oficiales (muchas se hacen por esta vía).

  • En el caso de actividades rurales: plazos y requisitos específicos (como hecho de 72 h, demostrar explotación agropecuaria) aplican.

  • Si declaras inicio de actividad retroactiva (> 90 días) podrían exigirte documentación adicional y se aplican sanciones.


¿Cuándo conviene utilizar esta figura?

La empresa unipersonal es especialmente recomendable cuando:

  • Quieres arrancar un emprendimiento pequeño con rapidez y bajo costo.

  • La actividad es realizada directamente por ti, sin muchos socios o estructura compleja.

  • No necesitas separación legal fuerte entre tu patrimonio personal y el negocio (aunque, como se dijo, la responsabilidad es personal).

  • Quieres tributar de forma relativamente sencilla (por ejemplo en monotributo) y operar sin muchas formalidades de sociedades.

En cambio, puede que no sea ideal si:

  • Quieres limitar tu responsabilidad personal (en ese caso una sociedad limitada o SAS puede ser mejor).

  • Tienes o tendrás socios, o necesitas una estructura más compleja.

  • Tu escala de operaciones crece mucho, tienes muchas personas contratadas, tienes riesgo elevado, etc.

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