Impuesto al Patrimonio Personas Físicas 2025
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IMPUESTO AL PATRIMONIO PERSONAS FÍSICAS,NÚCLEOS FAMILIARES Y SUCESIONES INDIVISAS
Contribuyentes comprendidos en el literal A) del artículo 1 del Título 14 del Texto Ordenado 1996 y/o en el segundo inciso del literal B) del mismo artículo por el patrimonio afectado indirectamente a explotaciones agropecuarias.
PRÓXIMOS VENCIMIENTOS
Pago del saldo IP y su sobretasa año 2025, IRPF sucesiones indivisas | 14 de mayo de 2026 |
Declaración jurada IP y su sobretasa, año 2025 | 15 de mayo de 2026 |
Pago del Saldo y presentación de Declaración Jurada
Pago del saldo IP y su sobretasa: puede realizarse vía web o a través de redes de cobranzas. Para ello se debe generar en Servicios en línea el boleto de pago 2908, seleccionando el código 321 (Impuesto al Patrimonio-Personas Físicas), con mes cargo 12/2025. El boleto generado puede pagarse en línea allí mismo, o en redes de cobranza, indicando el RUT y el número del boleto.
Presentación de la declaración jurada del IPAT y su sobretasa: se confecciona a través de la aplicación Sigma (Formulario 2104 V03 y Anexos - Aplicación Sigma 2.0), previamente se debe descargar e instalar la Tabla de parámetros, que contiene los valores del año 2025 necesarios para el cálculo.
La presentación puede realizarse en línea desde la aplicación, para lo cual se debe suscribirse previamente el contrato de adhesión, a efectos de abonar el timbre profesional o también en redes de cobranzas, presentando los archivos generados en un pendrive, acompañado de la impresión del Resumen en 2 vías emitidas por la aplicación, con firma y timbre profesional.
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