IRPF - Opción IRAE Ejercicio 2025
- Info Dr. Clean
- 19 feb
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IRPF -
CONTRIBUYENTES DE IRPF QUE OPTAN POR IRAE A PARTIR DEL EJERCICIO 2025
Contribuyentes con clave con contrato
Pueden realizar la modificación a través de la página Web de la DGI ingresando en:
Servicios en línea - Servicios disponibles para usuarios registrados - Registro Único Tributario - Modificaciones
Contribuyentes sin contrato
Los contribuyentes de IRPF que opten por tributar el IRAE a partir del ejercicio 2025, podrán manifestar dicha voluntad mediante el pago del anticipo de IRAE del mes de Enero 2025.
Cuando no corresponda efectuar el anticipo de IRAE por el mes corriente, se les permitirá realizar la opción hasta el 25 de Febrero de 2025.
Contribuyentes IRAE que deseen volver a tributar IRPF
La Resolución DGI 550/011 de 31/03/11 admite volver a tributar IRPF con el pago del primer anticipo correspondiente al año en el cual se realiza la opción. (Vencimiento 1° bimestre: 25 de marzo de 2025)
De no corresponder el pago del anticipo se dispone de 90 días contados desde el inicio del ejercicio fiscal por el cual se realiza la opción.
Luego de transcurrido el mencionado plazo, o de haberse efectuado anticipos del IRAE, la opción surtirá efectos a partir del ejercicio siguiente al de su comunicación al RUT, siempre que en dicho ejercicio el contribuyente esté en condiciones de tributar el IRPF.

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