top of page

Admisión temporaria 2025 en Uruguay: nuevos requisitos y declaraciones juradas

  • Foto del escritor: Consultas GRO Consultores
    Consultas GRO Consultores
  • 30 sept
  • 2 Min. de lectura

Desde el 1.º de agosto de 2025 cambió la documentación exigida para las Admisiones Temporarias al amparo de Proyectos de Inversión (ATPI) y sus Prórrogas (ATPR). El MEF eliminó el dictamen de no competitividad de la DNI/MIEM y el informe de la CIU. En su lugar, se incorporan declaraciones juradas específicas que se presentan dentro de VUCE en cada operación.

Qué cambió exactamente Admisión

  • Dejan de exigirse: dictamen DNI y reporte CIU de competitividad.

  • Se exigen:

    • Declaración jurada de solicitud ATPI/ATPR por proyecto.

    • Declaración jurada de vehículos/maquinaria cuando corresponda.

    • Se mantienen otros adjuntos como constancias COMAP (ingreso y/o modificación), certificado notarial de representación y vigencia, autorización del despachante y nota de solicitud con justificación. Todo se carga en VUCE dentro del trámite ATPI/ATPR.

Los formatos oficiales de las nuevas declaraciones juradas están publicados por el MEF e incluyen la referencia al artículo 239 del Código Penal (falsificación ideológica). Descárgalos aquí: Declaración jurada ATPI/ATPR y Declaración jurada de vehículo/maquinaria.

Quiénes pueden usar ATPI/ATPR

Empresas con proyecto de inversión presentado ante COMAP (en evaluación o aprobado) que necesiten ingresar bienes en admisión temporaria vinculados al proyecto. La gestión se hace exclusivamente en VUCE y la autorización la expide Política Comercial del MEF.

Paso a paso (2025)

  1. Preparación en VUCE

    • Empresa y/o despachante registrados en VUCE.

    • Reunir adjuntos: constancias COMAP, certificado notarial, nota de solicitud, DJ ATPI/ATPR y, si aplica, DJ de vehículos/maquinaria.

  2. Presentación del ATPI

    • Cargar el formulario en VUCE con datos de proyecto COMAP (número, año y—si existiera—número/año de modificación, anexo) y los adjuntos listados arriba.

  3. Interacción MEF–Aduanas

    • Una vez iniciado, MEF y DNA coordinan por vía electrónica. La constancia de inicio y luego la Resolución Ministerial aprobatoria se transmiten a LUCIA (sistema de Aduanas).

  4. Prórroga (ATPR)

    • Se solicita en la misma operación VUCE del ATPI aprobado, como nuevo trámite ATPR, con al menos 30 días antes del vencimiento del plazo otorgado.

Documentación 2025 (checklist rápido)

  • Constancia COMAP de ingreso del proyecto y, si aplica, constancia de modificación.

  • Declaración jurada ATPI/ATPR (vigente).

  • Declaración jurada vehículos/maquinaria (si corresponde; prevé campo sobre “certificado de necesidad”).

  • Certificado notarial de representación y vigencia de la empresa.

  • Autorización del despachante (si tramita en tu nombre).

  • Nota de solicitud y justificación.Todo se adjunta en VUCE; no se aceptan formatos distintos a los oficiales

Plazos y recordatorios operativos

  • ATPR: pedila con 30 días de anticipación como mínimo.

  • Definición general del régimen y marco de referencia actualizado en GUB para régimen general (si tu caso no es COMAP).

Errores frecuentes que hoy generan observaciones

  • No adjuntar las dos declaraciones juradas (o usar formatos no oficiales).

  • Olvidar la constancia de modificación COMAP cuando el proyecto tiene anexos o ampliaciones.

  • Certificados notariales vencidos (verificar vigencia).

  • Pedir la prórroga tarde o en una operación distinta a la del ATPI aprobado.

Preguntas rápidas

¿Sigue pidiéndose el dictamen DNI o el informe CIU?No. Ambos dejaron de exigirse desde el 01/08/2025; los sustituyen declaraciones juradas.

¿Dónde consigo los formularios nuevos?En el portal del MEF (descargas oficiales) y dentro de la noticia del cambio.

¿Todo se tramita por VUCE?Sí: ATPI y ATPR se gestionan y adjuntan exclusivamente en VUCE, y la aprobación viaja a Aduanas (LUCIA) electrónicamente.


admisión

 
 
 

Comentarios


Entradas recientes
bottom of page