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Cómo cambiar el domicilio fiscal y constituido de una empresa en Uruguay (2025)

  • Foto del escritor: Consultas GRO Consultores
    Consultas GRO Consultores
  • 8 oct
  • 2 Min. de lectura

El domicilio fiscal y el domicilio constituido son datos esenciales para toda empresa registrada en Uruguay. Si cambian de dirección, es obligatorio actualizar esta información ante los organismos correspondientes. No hacerlo puede generar sanciones, problemas con notificaciones oficiales o incluso la suspensión de la RUT.

🔹 Diferencia entre domicilio fiscal y constituido

  • Domicilio fiscal: es donde la empresa desarrolla efectivamente sus actividades o donde se encuentra su administración principal. Es el que utiliza la DGI para efectos tributarios.

  • Domicilio constituido: es el lugar designado para recibir notificaciones administrativas o judiciales. Puede coincidir o no con el domicilio fiscal, pero debe estar siempre en territorio uruguayo.

🔹 Cuándo se debe comunicar el cambio

Toda modificación debe informarse dentro de los 30 días corridos desde que ocurre el cambio. Este plazo aplica tanto para DGI, BPS, y en algunos casos, para BSE o el MTSS, según el tipo de empresa y sus obligaciones.

🔹 Trámite ante la DGI

  1. Presentar el Formulario 0351 (Modificación de datos).

  2. Indicar el nuevo domicilio fiscal o constituido.

  3. Adjuntar documentación que acredite la nueva dirección (contrato de arrendamiento, factura de servicios, o certificado notarial).

  4. El trámite puede hacerse en línea con certificado digital o presencialmente en oficinas de DGI.

⚠️ Si la empresa realiza el cambio de local físico, también puede requerirse una inspección previa para validar el nuevo domicilio.

🔹 Trámite ante el BPS

  • Se presenta el Formulario 0351 o AFAP-002 según corresponda.

  • Si hay empleados, debe actualizarse también el lugar de trabajo en el registro patronal.

  • En caso de traslado de sucursal o centro de trabajo, se debe informar a la Inspección General del Trabajo (MTSS).

🔹 Consecuencias de no actualizar el domicilio

  • Multas por incumplimiento formal.

  • Suspensión del RUT activo.

  • Pérdida de comunicaciones oficiales importantes (por ejemplo, intimaciones o inspecciones).

  • Riesgo de quedar fuera de habilitaciones municipales o certificaciones vigentes.

🔹 Recomendaciones de GRO Consultores

  • Actualizar siempre ambos domicilios en simultáneo (fiscal y constituido).

  • Verificar si el nuevo local cumple con habilitaciones municipales y de Bomberos.

  • Guardar copia del comprobante de modificación emitido por DGI y BPS.

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