Empresa sin actividad en Uruguay: ¿hay que clausurarla en DGI y BPS?
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Es frecuente que una empresa deje de facturar y sus titulares entiendan que, por no tener movimientos, la empresa quedó automáticamente cerrada sin actividad.
Esto no es así.
Si una empresa cesó definitivamente su actividad, corresponde analizar su situación registral y realizar la clausura ante DGI y BPS. BPS define expresamente este trámite como la declaración del cese definitivo de actividades.
Dejar de facturar no equivale a clausurar sin actividad
Una empresa puede pasar meses o incluso años sin emitir facturas y continuar registrada ante los organismos.
Esto puede generar posteriormente inconvenientes con:
obligaciones formales pendientes;
declaraciones juradas;
aportes;
certificados de BPS;
situación registral ante DGI;
futuras reaperturas o nuevas actividades.
Por eso, cuando la actividad terminó realmente, es recomendable formalizar el cese y no simplemente dejar la empresa sin movimientos.
¿Cuál es el plazo?
Para las empresas unipersonales comprendidas en el procedimiento general, BPS establece que la clausura debe comunicarse dentro de los 30 días corridos desde la fecha de cese.
La presentación fuera de plazo puede generar sanciones.
¿Se puede clausurar con una fecha anterior?
Existen situaciones en las que una empresa dejó efectivamente de trabajar tiempo atrás pero permaneció abierta registralmente.
En estos casos debe analizarse la documentación que permita acreditar cuándo ocurrió realmente el último día de actividad.
BPS contempla expresamente situaciones particulares en las que existen pagos, nóminas u otros movimientos posteriores a la fecha que se pretende declarar como clausura. Incluso puede requerirse certificado contable o notarial que acredite que no existió actividad posterior.
Por eso, cada clausura retroactiva debe estudiarse individualmente.
¿Qué ocurre con la facturación electrónica?
Cuando la empresa se encuentra adherida al régimen de facturación electrónica, antes de completar determinados trámites de clausura corresponde tener correctamente reportados los comprobantes fiscales electrónicos.
Antes de cerrar una empresa
Es conveniente revisar:
fecha de la última factura;
últimas declaraciones presentadas;
existencia de trabajadores;
deudas con DGI o BPS;
movimientos posteriores al supuesto cese;
estado de la facturación electrónica;
situación registral actual.
Una correcta determinación de la fecha efectiva de cese puede evitar obligaciones y problemas futuros.
¿Tu empresa está abierta pero ya no tiene actividad?
En GRO Consultores analizamos la situación registral, fiscal y previsional de la empresa y gestionamos su regularización y clausura ante DGI y BPS.
Si una empresa dejó de operar hace tiempo, es recomendable revisar su situación antes de continuar acumulando obligaciones innecesarias.





















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