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Ministerio de Ambiente - Instrumentación de Reglamento para la Gestión de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos

  • Info Dr. Clean
  • hace 20 horas
  • 2 Min. de lectura

El Ministerio de Ambiente instrumentó los registros de empresas previstos el Decreto 292/024 de 05/11/024, que crea el Reglamento para la Gestión Integral de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE). 


  • RAEE: Registro de empresas importadoras y/o fabricantes de aparatos eléctricos y electrónicos (AAE)

Consiste en el registro que las empresas importadoras y/o fabricantes de aparatos eléctricos y electrónicos deben realizar según lo establecido en el art. 11 del Decreto Nº 292/024.

A los efectos de la inscripción se deberá acreditar la adhesión a un plan de gestión de RAEE aprobado o haber presentado un plan individual para su aprobación.


  • Registro de reparadores de aparatos eléctricos y electrónicos

Trámite aplicable a servicios técnicos de AEE de uso no general (AEE-NG) y también a los de uso general (AEE-G), conforme al artículo 18 del Decreto Nº 292/024.

La inscripción tendrá carácter obligatorio para las personas físicas o jurídicas que presten servicio técnico o reparación de aparatos eléctricos y electrónicos de uso distinto del general (aparatos especializados, denominados AEE-NG).

Cada inscripción tendrá una vigencia de 5 años. En caso de cesar la actividad durante el período de vigencia de la inscripción, será responsabilidad del titular comunicar la baja a la Dirección Nacional de Calidad y Evaluación Ambiental.


Plazos


Plazo para la instrumentación del registro y presentación de plan de gestión:

Se establece un plazo de 6 meses a contar desde la publicación del Decreto 292/024 de 05/11/024, para cumplir con la inscripción en el Registro de Fabricantes e Importadores y la presentación de un Plan de gestión de RAEE o la adhesión a un plan ya aprobado.

Plazo para el control de importación y fabricación

Transcurrido un año a partir de la publicación, plazo que se cumple el 19 de noviembre de 2025, solo podrán importar o fabricar aparatos eléctricos y electrónicos de uso general, las personas físicas o jurídicas que cumpla con el registro y presentación de un plan de gestión. 

Plazos de adecuación

Se dispone un plazo de 2 años, que se cumple el 19 de noviembre de 2026, para que se adecúen completamente a las disposiciones del presente reglamento, los sujetos en actividad a la fecha de su publicación, que realicen operaciones de gestión de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE).

ministerio

 
 
 

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