Proyecto de Ley – Ampliación del FOCER
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El Poder Ejecutivo presentó un Proyecto de Ley que propone modificar la Ley Nº 18.236 de 26/12/2007, incorporando nuevos trabajadores y empleadores al Fondo de Cesantía y Retiro (FOCER), y ajustando disposiciones vinculadas a su operativa.
La modificación central consiste en la incorporación al Fondo del personal eventual contratado por las empresas comprendidas en el literal b) (Hormigón prefabricado y premezclado) del Grupo 09 Subgrupo 2 y 3 (Actividades complementarias).
* Nota: Actualmente el FOCER alcanza únicamente a los trabajadores del Grupo 9 Subgrupo 01 (Industria e instalaciones de la Construcción).
Otras modificaciones incluidas en el Proyecto de Ley
El proyecto mantiene la base de aportes y tasas actualmente vigente, pero introduce algunos cambios relevantes a considerar:
Trabajadores excluidos del aporte unificado, sin contrato a término. Se elimina la condición del 51% de horas de actividad mensual en obra, para determinar si el trabajador puede ser considerado como excluido del régimen de aporte unificado de la construcción, para acceder al aporte patronal reducido del 0,5%.
Constancia de aportación en recibos de sueldo. Se extiende a los empleadores que contraten personal eventual en las actividades complementarias del literal b) de los Subgrupos 2 y 3, la obligación de incluir en el recibo de sueldo la declaración jurada de haber efectuado los aportes correspondientes al Fondo de Cesantía.
Uso de fondos. Se suprime la mención expresa en la ley que prohíbe destinar fondos de las cuentas individuales a gastos de administración y gestión del Fondo.
Reglamentación
La reglamentación a dictar por el Poder Ejecutivo deberá realizarse previa consulta con el Grupo 9 de los Consejos de Salarios de la Construcción y Actividades Complementarias.

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