Sanciones de BPS (BANCO DE PREVISIÓN SOCIAL)
- Info Dr. Clean
- 17 mar
- 3 Min. de lectura
El Banco de Previsión Social (BPS) de Uruguay establece diversas sanciones para los contribuyentes que incumplen con sus obligaciones formales y tributarias. A continuación, se detallan las principales sanciones vigentes en 2025:
1. Multas Registrales por Inscripciones, Modificaciones y Clausuras Fuera de Fecha sanciones bps
Las empresas están obligadas a registrar, modificar o clausurar sus datos en el BPS dentro de los plazos establecidos. Las multas por realizar estas acciones fuera de plazo son:
Inscripción: 1 Unidad Reajustable (UR).
Modificación: 1 UR.
Clausura: 1,5 UR (debe realizarse dentro de los 30 días posteriores al cierre de la empresa).
2. Multa por Nómina
La presentación tardía de la nómina de trabajadores genera las siguientes sanciones:
Primera vez en el año civil:
Si se presenta dentro del mes de vencimiento: 0,1 UR por trabajador no declarado
Si se presenta después del mes de vencimiento: 0,25 UR por trabajador no declarado.
Reincidencia (segunda vez en el año civil):
Si se presenta dentro del mes de vencimiento: 0,2 UR por trabajador no declarado.
Si se presenta después del mes de vencimiento: 0,5 UR por trabajador no declarado.
Existe un tope de 5 UR cuando la nómina se presenta en plazo, pero el pago o la Declaración Jurada de No Pago (DJNP) se realiza de forma tardía, siempre que se efectúe antes de finalizar el mes de vencimiento.
3. Multas por Ingresos y Egresos de Actividad
La omisión o presentación tardía de ingresos (altas) y egresos (bajas) de trabajadores puede resultar en multas de 1 UR por cada declaración fuera de plazo. Si el BPS realiza la regularización de oficio, la multa asciende a 2 UR.
4. Multas y Recargos por Mora
El pago fuera de plazo de las obligaciones mensuales genera las siguientes sanciones:
Multa por mora:
Presentación de nómina en plazo Pago posterior al vencimiento
Sí
Hasta el 5.º día hábil: 2,5%
Después del 5.º día hábil y hasta 90 días corridos: 5%
Después de 90 días corridos: 10%
No
Hasta el 5.º día hábil: 5%
Después del 5.º día hábil y hasta 90 días corridos: 10%
Después de 90 días corridos: 20%
Recargo por mora:
Se aplica sobre el tributo impago en forma mensual, capitalizable cuatrimestralmente. La tasa vigente puede consultarse en el portal del BPS.
5. Multas por Registro Tardío de Reintegro Anticipado de Trabajadores en Subsidio por Desempleo
La no comunicación o presentación tardía del reintegro de un trabajador que estaba en subsidio por desempleo puede resultar en sanciones económicas.
6. Adeudos por Reintegros Mutualistas
Las empresas que no cumplen con los reintegros correspondientes a las instituciones de asistencia médica colectiva pueden acumular deudas y enfrentar sanciones adicionales.
Consideraciones Adicionales
Solicitud de No Aplicación de Sanciones:
Los contribuyentes pueden presentar una nota justificando el planteamiento de no aplicación de sanciones tributarias, especificando las multas y recargos correspondientes y el período al que se refieren.
Bonificación para Buenos Pagadores:
El BPS otorga bonificaciones a los contribuyentes que cumplen puntualmente con sus obligaciones. Sin embargo, ciertas infracciones, como multas por nómina o reintegros mutualistas, pueden afectar el derecho a esta bonificación.
Es fundamental que los contribuyentes se mantengan informados sobre las normativas vigentes y las actualizaciones que el BPS pueda implementar, para asegurar el cumplimiento adecuado de sus obligaciones y evitar sanciones innecesaria

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